¿Tienes dudas?

Te las resolvemos en el

Chat

Nuestra dirección es: chat_buc@ucm.es

Horario: L-V de 10 a 14 y de 16 a 20 h.

Fuera de este horario deja tu consulta en el buzón de atención

Skip to Main Content

Sexenios

Guía para solicitar el reconocimiento de la actividad investigadora por parte del personal docente e investigador de la UCM

¿Qué es un sexenio?

Es la evaluación por parte de la CNEAI de la actividad investigadora de los profesores universitarios y personal investigador durante un período de seis años. 

¿Quién se puede presentar a la convocatoria?

  • Funcionarios de carrera e interinos: catedráticos de Universidad y Escuela Universitaria, titulares de Universidad y de Escuela Universitaria y CSIC. (convocatoria normal)
  • Profesores contratados doctores (indefinidos o interinos) y Profesores colaboradores de la UCM. Esta evaluación se hace a través del Servicio de Gestión de Personal Docente Investigador y no directamente con la CNEAI
  • Profesores contratados temporales: a la espera de las resoluciones correspondientes.

¿Qué hay que presentar?

El investigador presentará cinco obras (más dos sustitutorias) publicadas en ese periodo de los que considere de más calidad. (artículos, libros, capítulos de libros…). No se admiten publicaciones aceptadas todavía no publicadas o prepublicadas sin asignación de número, tomo, volumen, etc.

¿Los seis años tienen que ser consecutivos?

No es necesario que los años sean consecutivos, aunque los no incluidos quedan inhabilitados.

¿Las publicaciones tienen que ser de años distintos dentro del tramo?

No, no tiene que haber una publicación por año y un año puede contar con más de una publicación. Pueden ser por ejemplo 1 de un año y 4 de otro, o 3 y dos o una por año, aunque siempre sobrará uno.

¿Se pueden presentar publicaciones de tramos ya concedidos?

No, no se pueden presentar publicaciones presentadas o no presentadas en tramos ya concedidos. Esos años ya quedan inhabilitados.

¿Se pueden presentar publicaciones de tramos con resolución negativa?

Si se deniega un tramo, se pueden recuperar tres años a los que hay que añadir tres años posteriores al tramo denegado. Si no se tienen publicaciones en años posteriores, no se podrán presentar.

¿Cuántos sexenios se pueden solicitar en total?

Un máximo de 6 en diferentes convocatorias.

¿Desde qué año se pueden presentar publicaciones?

Las publicaciones aportadas pueden ser desde el año siguiente a la obtención del Grado o Licenciatura siempre y cuando exista un contrato o certificado que acredite que el solicitante desarrolló una labor adscrita a la investigación de al menos de 8 meses durante un año, para que éste pueda considerarse válido para construir un sexenio.

Según la ANECA, para justificar los 8 meses se pueden presentar:

  • Becas en las cuales se pueda identificar que iban destinadas a investigación, contratos, certificados con fundaciones, sociedades y universidades siempre firmadas por el responsable, bien recursos humanos o si es una universidad el cargo que corresponda, en los cuales indique claramente que estuvo vinculado a un proyecto de investigación y el periodo.
  • Se tienen que presentar certificados oficiales de la universidad o centros de investigación firmados por la Secretaria de la universidad, Servicio de PDI, Vicerrectorado competente, contratos de la Universidad, etc. No son válidos los firmados por investigadores principales o directores de departamento.

 

¿Qué son los campos de conocimiento?

Cada profesor deberá aportar publicaciones acordes con su especialidad. En total son 11, aunque el 6 y el 7 tienen subcampos.

  • Campo 1. Matemáticas y Física
  • Campo 2. Química
  • Campo 3. Biología Celular y Molecular
  • Campo 4. Ciencias Biomédicas
  • Campo 5. Ciencias de la Naturaleza
  • Campo 6.1. Tecnologías mecánicas y de la producción
  • Campo 6.2. Ingenierías de la Comunicación, Computación y Electrónica
  • Campo 6.3. Arquitectura, Ingeniería Civil, Construcción y Urbanismo
  • Campo 7.1. Ciencias Sociales, Políticas, del Comportamiento y de Estudios de Género
  • Campo 7.2. Ciencias de la Educación
  • Campo 8. Ciencias Económicas y Empresariales
  • Campo 9. Derecho y Jurisprudencia
  • Campo 10. Historia, Geografía y Artes
  • Campo 11. Filosofía, Filología y Lingüística

¿Se puede elegir el campo de evaluación?

Sí, se puede elegir el campo, aunque deberá tener relación con la disciplina científica del investigador.

¿Se pueden elegir varios campos?

No, el investigador puede elegir por qué campo presentarse a la convocatoria, pero todas las publicaciones se evaluarán por ese campo.

¿Cuáles son los criterios de calidad de la investigación y son iguales en todos los campos?

La CNEAI publica todos los años después de la convocatoria los criterios de calidad por los que se tienen que regir las publicaciones. Los criterios son distintos según los campos y vienen especificados (índice de impacto, cuartiles, etc.) Véase nuestra guía de indicios de calidad para sexenios.

¿Qué tipo de aportaciones se pueden presentar?

Las aportaciones varían según los campos científicos, pero en general:

  • Para que una aportación sea considerada, el solicitante deberá haber participado activamente en los trabajos que le dieron origen, concretando su aportación específica a los mismos en los casos de multiautoría. Cada campo especifica los requisitos.
  • Artículos: publicados en revistas de reconocida valía: que estén en el «Journal Citation Reports (JCR) y en su área de conocimiento (excepto en el campo 9 de derecho).
    • El JCR (Factor de impacto) de referencia: el del año de publicación del artículo. Para artículos publicados en el año de la convocatoria será el último JCR publicado. Lo mismo ocurre con Scimago Journal Rank (SJR). Únicamente se podrá usar el JCR del año anterior si todavía el del año en curso no se ha publicado.
    • Scimago Journal Rank (SJR) (6.3, 7.1, 7.2, 8, 10 y 11)
    • Dialnet Métricas (7.2 con posibilidad que se amplíe este año)
    • Revistas con Sello de Calidad de la FECYT (7.1, 7.2, 9, 10, 11)
    • Otras bases de datos que el comité asesor considere de calidad, (en los  campos 6.3, 10 y 11 se mencionan).  
  • Libros y capítulos de libros:
    • Que tengan ISBN.
    • Editoriales de reconocido prestigio: Scholarly Publisher Indicators (SPI), incluidos los catálogos razonados de artistas.
    • Editoriales con Sello de Calidad en Edición Académica (CEA-APQ). (Se menciona en los campos 10 y 11 y en el apéndice)
    • Citas recibidas. 
    • Reseñas y críticas en revistas especializadas
    • Traducción a otras lenguas de la propia obra (aunque no se podrán presentar como una aportación distinta).
    • Imprescindible: que el contenido de corresponda claramente a resultados de investigación.
  • Patentes: se valorará si están en explotación (contrato o licencia) y la extensión de la protección de la patente (nacional, europea, internacional). 

Otro tipo de aportaciones o aportaciones extraordinarias:

  • Traducciones o ediciones críticas que cumplan ciertos requisitos.
  • Obras artísticas: obra premiada, exposiciones individuales o colectivas, composiciones musicales.
  • Comisariado de exposiciones.
     

¿Qué son los sexenios de transferencia?

Los sexenios de transferencia tienen que ver con actividades que se hacen fuera de la universidad (con empresas, otras instituciones, etc.) y que suponen una actividad relacionada con la investigación pero fuera del ámbito académico. Ha habido solo una convocatoria y todavía no se sabe cuando saldrá la próxima. Pero son convocatorias separadas y atienden a cuestiones distintas.

¿Se puede solicitar más de un tramo?

Es posible pero no recomendable: si se deniegan, sólo se podrán recuperar tres años del tramo más actual y los demás quedan inhabilitados.

Otras preguntas frecuentes

¿Cómo puedo conseguir certificados de patentes y modelos de utilidad?