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Sexenios

Guía para solicitar el reconocimiento de la actividad investigadora por parte del personal docente e investigador de la UCM

Campos de conocimiento

  • Campo 0. Interdisciplinar y multidisciplinar
  • Campo 1. Matemáticas y física
  • Campo 2. Química
  • Campo 3. Biología celular y molecular
  • Campo 4. Ciencias biomédicas
  • Campo 5. Ciencias de la naturaleza
  • Campo 6. Ingenierías y arquitectura 
  • Campo 6.1. Tecnologías mecánicas y de la producción
  • Campo 6.2. Ingenierías de la comunicación, computación y electrónica
  • Campo 6.3. Arquitectura, ingeniería civil, construcción y urbanismo
  • Campo 7. Ciencias sociales, del comportamiento y de la educación 
  • Campo 7.1. Ciencias sociales y estudios de género
  • Campo 7.2. Ciencias del comportamiento y de la educación
  • Campo 8. Ciencias económicas y empresariales
  • Campo 9. Derecho y jurisprudencia
  • Campo 10. Historia y artes
  • Campo 11. Filosofía, filología y lingüística
     

Requisitos para todos los campos 2023

  1. Deberán presentarse cinco aportaciones principales, que podrán acompañarse de dos aportaciones sustitutorias, seleccionadas por la persona solicitante. Excepcionalmente, el número de aportaciones podrá ser inferior si los trabajos tienen una relevancia extraordinaria y han tenido un alto impacto científico o social, o bien si en el período sometido a evaluación quien solicita la evaluación ha justificado debidamente las situaciones de permisos de maternidad o paternidad, excedencias por el cuidado de las/os hijas/os, por el cuidado de familiares en primer grado dependientes que estén a su cargo, por razón de violencia de género y por razón de violencia terrorista previstas en el artículo 89.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, o bajas de larga duración por enfermedad. Las aportaciones que se presenten a un sexenio de investigación no podrán presentarse a una posterior convocatoria de sexenios de transferencia. 
  2. Las aportaciones solo serán valorables si contribuyen al progreso del conocimiento y presentan impacto científico o social,  En el proceso de evaluación se aplicarán criterios y metodologías de evaluación cualitativas y cuantitativas. Para ello, se tomará como  referencia  la  narrativa  aportada  por  la  persona  solicitante  en  los “indicios de relevancia e impacto” de cada aportación. En este apartado de la solicitud se defenderá el impacto científico de la aportación, por ejemplo, a través de citas recibidas contextualizadas excluyendo autocitas, de su proyección nacional e internacional, de los proyectos nacionales o internacionales que han financiado la investigación o que se han derivado de ella, del cumplimiento de estándares de ética e integridad en la investigación, de los premios recibidos, de las traducciones de la obra, entre otros; y/o la contribución de dicha aportación a la generación de impacto social evidenciado, por ejemplo, a través de aportaciones al diseño e implementación de políticas públicas, contribución al desarrollo de soluciones a problemas sociales, o cualquier otro aspecto que se considere relevante. En la narrativa aportada se hará un uso responsable de indicadores cuantitativos (indicadores bibliométricos normalizados, entre otros).
  3. De acuerdo con el artículo 11.7 de la LOSU, en todos los Campos se valorarán positivamente los resultados de investigaciones multidisciplinares e interdisciplinares, como vías con las que responder a la complejidad creciente de los retos que enfrentamos como sociedad.
  4. De acuerdo con el artículo 11.5 de la LOSU, se promoverá la investigación en las lenguas oficiales de los territorios, razón por la que las aportaciones en español o en otras lenguas cooficiales no podrá considerarse un demérito, máxime cuando su utilización en distintos campos científicos evidencie la coherencia y el compromiso que son exigibles con las realidades objeto de estudio. Además, de acuerdo con el principio de internacionalización establecido en el artículo 4 de la LCTI, tampoco podrá considerarse un demérito la presentación de aportaciones en la lengua oficial del país en el que se realizó la misma.
  5. De acuerdo con el artículo 37 de la LCTI y el artículo 12 de la LOSU, se requerirá el depósito de los resultados de la investigación que se sometan a evaluación en repositorios institucionales, temáticos o generalistas de acceso abierto, incluyendo un identificador persistente (DOI, Handle, ARK, SWHID, o, en general, una URI/URL única permanente). En el caso de las publicaciones académicas, sean en formato artículo, libro o capítulo de libro, las personas solicitantes deberán aportar evidencia de haber depositado una copia de la versión final de la aportación aceptada para publicación en un repositorio de su institución o en un repositorio temático o generalista de acceso abierto. El depósito podrá hacerse en acceso abierto, acceso restringido, embargado o con acceso solo a los metadatos, respetando en todos los casos la gestión de derechos de autoría amparada por el marco legal vigente en el momento de la publicación. Los conjuntos de datos que se sometan a evaluación deberán cumplir con los principios FAIR (fáciles de encontrar, accesibles, interoperables y reutilizables) y, siempre que sea posible, se difundirán en acceso abierto en repositorios o infraestructuras de datos de confianza. Por último, en el caso de los programas de ordenador, se valorarán las contribuciones relevantes a programas distribuidos como software libre, entendiendo como tal aquel que cumpla la definición publicada por la Open Source Initiative (https://opensource.org/osd/) y que, por tanto, esté protegido por alguna de las licencias aprobadas por este organismo (https://opensource.org/licences/). 
  6. Para que una aportación sea considerada, la persona solicitante deberá haber participado activamente en los trabajos que le dieron origen, concretando su aportación específica a los mismos en los casos de coautoría o autoría múltiple. En el caso de las publicaciones esta información deberá aportarse de acuerdo con la taxonomía CRediT (Contributor Roles Taxonomy, https://credit.niso.org), o bien, si la publicación no requiere esta información o se presenta otro tipo de aportación, deberá incluirse en la narrativa de la solicitud tomando como referencia preferentemente esta taxonomía. Asimismo, en su caso, deberá declararse el uso de Inteligencia Artificial generativa, siempre que afecte al contenido original de la aportación.
  7. En el caso de las publicaciones, su indexación en un determinado repertorio bibliográfico o base de datos puede servir como un argumento complementario en la defensa narrativa que se haga de la aportación, pero no así para obtener de forma automática una valoración positiva de esta, sin tener en cuenta la calidad intrínseca del contenido.
  8. Todas las aportaciones deberán estar publicadas o registradas, según la tipología a la que pertenezcan, en los años que se someten a evaluación, ya sea de forma  definitiva  o,  en el caso de las revistas  científicas, una vez aceptadas y publicadas en los nuevos sistemas conocidos como publicación continua (forthcoming, online first, in press, etc.), con la obligatoriedad de presentar el identificador persistente (DOI, Handle, ARK, SWHID o, en general, una URI/URL única permanente) de dicha publicación. En el caso de las contribuciones a programas de ordenador y de los modelos de aprendizaje automático deberán haber tenido lugar durante los años que se sometan a evaluación.
  9. Cada comité establecerá los baremos de aplicación en el proceso de evaluación, que ANECA hará públicos en todos los casos antes de la apertura de la convocatoria. En estos baremos se establecerán criterios específicos para los casos de reiterada publicación de trabajos en las mismas revistas o editoriales, o en aquellas pertenecientes o asociadas al mismo organismo en el que la persona solicitante realice su investigación, si ello no quedara suficientemente argumentado. No se considerarán aportaciones válidas los libros y capítulos de libros autopublicados o financiados por la persona solicitante sin el concurso de procesos de evaluación de los originales a través de los procedimientos comúnmente reconocidos.
  10. A fin de facilitar la identificación de dimensiones, métricas y fuentes para avalar la relevancia y el impacto de las aportaciones presentadas en todos los Campos se remite al Apéndice de esta resolución.
     

Publicaciones no consideradas

No se especifica ningún tipo de documento, pero según los campos se mencionan los requisitos a tener en cuenta, como aportaciones a congresos, traducciones, ediciones, casos clínicos, etc.

Métricas consideradas a nivel de aportación

  1. Métricas de citación: número de citas que una publicación  ha  recibido  en  trabajos  científicos  de  diversa  naturaleza, recopilable a través de bases de datos bibliográficas que tengan la mayor cobertura posible y sean, preferentemente, de carácter no comercial. Con el propósito de contextualizar los datos, mitigar sesgos y proporcionar una representación más precisa del impacto efectivo, es recomendable emplear indicadores como la citación normalizada por categoría y un recuento de citaciones que excluya las autocitas.
  2. Métricas de uso y lectura: volumen de descargas, visualizaciones o visitas que ha registrado una aportación en infraestructuras digitales académicas, repositorios científicos o plataformas editoriales. No será suficiente con aludir al conteo básico, siendo necesario que los datos sean debidamente justificados y contextualizados, por ejemplo, especificando los países, ciudades e instituciones que han accedido a las aportaciones y su relevancia.
  3. Métricas de influencia o adopción social: menciones provenientes de fuentes externas al ámbito académico y a los medios de publicación tradicionales, ofreciendo una perspectiva sobre la influencia, aplicabilidad o adopción de un resultado de investigación en contextos culturales, educativos, políticos o socioeconómicos. Para su valoración pueden ser pertinentes métricas como el número de menciones en medios de comunicación o en informes de políticas públicas y, si fuera el caso, beneficios de su adopción o uso.
  4. Métricas de visibilidad social: recopilan información proveniente de distintas plataformas sociales en línea, preferentemente académicas y especializadas, incluyendo las menciones o interacciones que las aportaciones científicas reciben. Este tipo de métricas pueden aportar información complementaria significativa sobre la capacidad para la interacción social de la persona solicitante y sobre las audiencias específicas, tanto académicas como profesionales, que han mostrado interés.
     

Métricas consideradas a nivel de medio de difusión

  1. Métricas sobre el impacto científico del medio: indicadores bibliométricos cuantitativos que evalúan el impacto de una revista o editorial dentro de la comunidad científica. Estas métricas abarcan una variedad de indicadores que buscan determinar la relevancia y la influencia del medio en su ámbito disciplinario, así como comparar su rendimiento con el de otras publicaciones similares.
  2. Métricas sobre calidad en la gestión del medio: indicadores que ofrecen información sobre la calidad en la gestión y en los procesos editoriales de un medio. Estas métricas pueden incluir aspectos como tasas de aceptación, tipo de revisión por pares (abierta o no) e internacionalización, y se verifican mediante certificaciones acreditativas que aseguran el cumplimiento de buenas prácticas editoriales estandarizadas.

Dimensiones relacionadas con la contribución científica en abierto

  1. Depósito o publicación en repositorios digitales de acceso abierto: se valorará la difusión de las aportaciones en acceso abierto y sin restricciones a través de repositorios institucionales, temáticos o generalistas. Se valorará también la publicación en revistas y plataformas de acceso abierto sin imposición de tasas a las/os autoras/es ni a las/os lectoras/es (modalidad “acceso abierto diamante"), especialmente en plataformas de legitimada calidad, como es el caso de Open Research Europe u otras plataformas impulsadas por otras agencias de financiación. En ningún caso, la publicación en revistas de acceso abierto, gold, diamante o en revistas híbridas exime el depósito de las publicaciones en un repositorio; si bien, siendo la primera vez que se incluye este requisito, los comités asesores tendrán flexibilidad a este respecto.
  2. Compartición de datos, metodologías, programas de ordenador y modelos de aprendizaje automático: se valorará la publicación, siempre que sea posible, de forma abierta y transparente de los datos de investigación, metodologías y programas de ordenador, a través infraestructuras especializadas o repositorios que cumplan con estándares de metadatos y conservación a largo plazo, facilitando su replicabilidad, reproducibilidad, accesibilidad, reutilización y perdurabilidad, así como el escrutinio científico. Es relevante que en el caso de los resultados de investigación el depósito y/o publicación en abierto se realice en infraestructuras y/o repositorios agregados o de confianza, que garanticen el cumplimiento de estándares internacionales (por ejemplo, Zenodo, GitHub o cualquiera de los repositorios presentes en RECOLECTA). Para una adecuada descripción es necesario especificar los repositorios o infraestructuras donde se encuentran depositadas las aportaciones, así como su identificador único persistente (por ejemplo, DOI, Handle, ARK, SWHID o, en general, una URI/URL única permanente). En este apartado se podrán utilizar evidencias métricas de uso, lectura y reutilización, debidamente contextualizadas. Se recomienda asimismo ofrecer detalles sobre el nivel de cumplimiento de los principios FAIR de los conjuntos de datos presentados (fáciles de encontrar, accesibles, interoperables y reutilizables). Asimismo, se considera relevante mencionar, en su caso, la reutilización efectiva de estos productos por otros proyectos o equipos de investigación. Finalmente, será necesario consignar la fecha de inclusión de la contribución en los respectivos repositorios o infraestructuras para fomentar el rastreo cronológico de su difusión.
  3. Ciencia abierta a la sociedad: se valorarán las aportaciones fruto de la generación de conocimiento realizada en colaboración y con la implicación activa de la ciudadanía en todo o parte de proceso de investigación (ciencia ciudadana, ciencia participativa, ciencia comunitaria, etc.) y/o en diálogo con otros sistemas y agentes sociales (administraciones públicas, comunidades locales, colectivos, entidades, organizaciones del tercer sector, etc.).
     

Criterios mínimos que debe reunir el medio de difusión de la investigación

En caso que no se cumplan los requisitos de las aportaciones citados en el Apéndice y y en las fuentes de la Tabla 1, se podrá valorar el medio de difusión de la investigación. Los criterios mínimos serán:

Criterios concernientes a la calidad de la revista como medio de comunicación científica 

  1. Identificación de quienes componen los comités editoriales y científicos. 
  2. Instrucciones detalladas a las/os autoras/es. 
  3. Información sobre el proceso de evaluación y selección de manuscritos empleados por la revista, editorial o comité de selección, incluyendo, por ejemplo, los criterios, procedimiento e informe para la aceptación de los originales a cargo de revisoras/es o juezas/jueces preferentemente externas/os.
  4. Traducción del sumario, títulos de los artículos, palabras clave y resúmenes al inglés, en caso de revistas. 

Criterios sobre la calidad del proceso editorial 

  1. Periodicidad de las revistas y regularidad y homogeneidad de la línea editorial en caso de editoriales de libros. 
  2. Revisión por pares de los manuscritos (ciego, open peer review, etc.).  La revisión da lugar a un informe motivado de su admisión o rechazo. 
  3. Comunicación motivada de la decisión editorial, por ejemplo, empleo por la revista, la editorial o el comité de selección de una notificación argumentada de la decisión editorial que incluya las razones para la aceptación, revisión o rechazo del manuscrito, así como los dictámenes emitidos por las personas expertas externas. 
  4. Existencia de un consejo asesor, o equivalente, con suficiente representatividad académica y movilidad en su composición, formado por profesionales y personal investigador de reconocida solvencia, sin vinculación institucional con la revista o editorial, orientado a marcar la política editorial y someterla a evaluación y auditoría. 

Criterios sobre la calidad científica de las revistas 

  1. Porcentaje de artículos de investigación; más del 75 % de los artículos deberán ser trabajos que comuniquen resultados de investigación originales. 
  2. Autoría: grado de endogamia editorial, más del 75 % de las/los autoras/es serán externos al comité editorial y ajenas/os a la organización editorial de la revista. 
  3. Asimismo, se tendrá especialmente en cuenta la indexación de las revistas en las bases de datos bibliográficas de reconocido prestigio.  Tratándose de libros y capítulos de libros, se valorarán aquellos publicados en editoriales que cuenten con el sello de Calidad en Edición Académica CEA-APQ (ANECA-UNE-FECYT) u otros similares.