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Indicios de calidad de las publicaciones científicas

Indicios de calidad de las publicaciones científicas

Requisitos campo 10: historia y artes

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Campo 10. Historia y Artes

  1. Sobre las aportaciones:
    • De acuerdo con los criterios generales, expuestos en la Sección I, se aceptarán aportaciones ordinarias y extraordinarias. Entre las aportaciones ordinarias se valorarán preferentemente los artículos científicos, los libros y capítulos de libros. Para las áreas de Artes entre las aportaciones extraordinarias se podrán valorar las aportaciones a congresos publicadas en medios convenientemente acreditados, el comisariado de exposiciones de obra artística, la obra premiada, los proyectos de conservación o restauración, los proyectos artísticos y la creación e interpretación teatral, coreográfica o musical y las ediciones críticas, según el área. En este Campo 10 se aceptarán un máximo de dos aportaciones extraordinarias en las áreas de Historia y podrán llegar al total de cinco en las de Artes.
    • En el caso de las aportaciones artísticas o creativas será obligatorio presentar evidencias claras que permitan identificar el objeto de evaluación (documentación gráfica o audiovisual), la calidad del medio de exhibición y su difusión.
    • Solo en casos de excepcional relevancia e impacto, debidamente justificados, podrán valorarse la edición de enciclopedias o diccionarios; la coordinación, edición o traducción de texto que no incluya estudios preliminares o anotaciones críticas; la edición, dirección o coordinación de números monográficos en revistas o libros; las transcripciones, si no van acompañadas de juicio crítico o análisis histórico  del  documento;  los  prólogos  e  introducciones  convencionales;  las catalogaciones que no incorporen estudios históricos o artísticos; o las revisiones de partituras.
  2. Valoración de las aportaciones:
    • En el caso de los artículos se valorarán preferentemente aquellas aportaciones publicadas en revistas de calidad contrastada o indexadas en bases de datos bibliográficas o en editoriales de reconocido prestigio o en aquellas que hayan recibido un sello o reconocimiento de calidad por un organismo independiente, así como en plataformas de publicación de resultados de investigación como Open Research Europe.
    • En el caso de los libros y capítulos de libros se valorará el prestigio de la editorial, de editoras/es, la colección en la que se publica la obra, si la colección o el libro ha obtenido algún sello de calidad otorgado por una institución de reconocido prestigio y las reseñas recibidas en las revistas científicas especializadas.
    • En el caso de exposiciones, obras premiadas, proyectos de conservación o restauración y proyectos artísticos, que se podrán presentar a las áreas de Bellas Artes, se valorarán el tipo, objeto y magnitud de la aportación (individual/colectiva, largometraje/cortometraje, bienes inmuebles/ bienes muebles, proyectos integrales, proyectos interdisciplinares, encargo de entidad relevante, etc.); la relevancia del proyecto (patrimonio cultural, BIC, etc.) y su grado de innovación; la itinerancia (otros espacios expositivos, festivales, certámenes o similares de relevancia, salas de proyección, etc.), relevancia del comisario/a y de artistas/investigadoras/es participantes; y, la vinculación a proyectos de investigación relevantes concedidos en convocatoria pública competitiva.
    • También se tendrán en cuenta criterios sobre la calidad del medio de difusión; tipo de espacio/evento expositivo y su proyección (internacional/nacional); edición de catálogo (extensión, relevancia de las autoras/es de los textos, traducción a otras lenguas, etc.); patrocinadoras, productoras, promotoras o distribuidoras; tipo de convocatoria y forma de adjudicación (tipo, cuantía, etc.); y existencia  de  jurado,  comité   externo,   comisión   de   seguimiento   o similar. Asimismo, se tendrán en cuento criterios sobre la repercusión de la aportación: identificación y relevancia de medios especializados; referencias bibliográficas recogidas en libros o catálogos, revistas especializadas, bibliografías académicas, medios audiovisuales, etc.; invitación a participar en talleres, conferencias, etc., así como premios y menciones.
    • En el caso de la creación artística, se aceptarán aportaciones desde todas las disciplinas o prácticas creativas dentro de las áreas de Bellas Artes y afines, siempre y cuando representen un avance del conocimiento o innovación de carácter metodológico, desde la investigación-creación.
    • Respecto al comisariado de exposiciones, solo se tendrán en cuenta los proyectos que aporten novedades relevantes de investigación, con capítulo específico de la persona solicitante que signifique avance de conocimiento en relación con el objeto de la exposición, ya sea del argumento expositivo, del artista/s o de las obras presentadas documentada en el mismo catálogo y de acuerdo con los criterios determinados en los apartados anteriores respecto a la calidad del proyecto, medio de difusión y repercusión en los medios especializados nacionales e internacionales conforme a lo expresado anteriormente.
    • En el caso de las aportaciones correspondientes a las áreas de Artes Escénicas se valorarán la relevancia y el grado de innovación de la creación teatral, coreográfica, musical o escenográfica, de su composición, dirección, guión, interpretación, instrumentación y diseño de la puesta en escena; el tipo, objeto y magnitud de la aportación (obra original, versionada o adaptada); en el caso de la interpretación, se considerará su innovación metodológica interpretativa, calidad de la ejecución, estreno y repercusión en medios especializados y las actividades derivadas de la aportación, como giras y conciertos, la impartición de masterclass, talleres de especialización, etc., y, en el caso de participación en agrupaciones o compañías, se tendrá en cuenta, además, el nivel de responsabilidad, así como el nivel y la relevancia de la compañía; relevancia del/ de la director/a y de los/as intérpretes participantes; vinculación a proyectos de investigación relevantes concedidos en convocatoria pública competitiva.
    • La calidad del medio de difusión se valorará en la calidad del tipo de espacio (auditorio, teatro u otros) y su proyección nacional e internacional en certámenes y festivales, y su itinerancia (otros espacios teatrales, festivales, certámenes o similares de relevancia, salas de proyección, etc.); patrocinadoras, productoras, promotoras o distribuidoras del proyecto; subvenciones, tipo de convocatoria y forma de adjudicación (tipo, cuantía, etc.), relevancia del jurado, comité externo, comisión de seguimiento o similar. Además, en relación con la repercusión de la aportación, se valorará la identificación y relevancia de medios especializados: referencias bibliográficas recogidas en libros o catálogos, revistas especializadas, bibliografías  académicas,  medios  audiovisuales,  archivos  o  repositorios;  la invitación a participar en talleres, conferencias, etc.; y los premios y menciones. Respecto a la creación teatral, coreográfica o musical, se aceptan aportaciones desde todas las disciplinas o prácticas creativas dentro de las áreas de Artes Escénicas (teatro, danza, música escénica, interpretación, dirección, diseño de la puesta en escena, escenografía, etc.), siempre y cuando representen un avance del conocimiento o innovación de carácter metodológico, desde la investigación- creación. La persona solicitante debe justificar la relevancia y la difusión que ha tenido su disciplina dentro de la creación coreográfica o teatral.  En relación con la   creación   musical   específica   para   una   obra   teatral,   cinematográfica   o coreográfica,    se    tendrán    en    cuenta,    además,    los    criterios    de    calidad correspondientes a las áreas de Música.
    • En el área de Música los criterios que deben reunir tanto las aportaciones como sus medios de difusión para ser consideradas de impacto son los siguientes: relevancia de la creación musical, de su composición, dirección, interpretación, instrumentación, tecnologías y técnicas empleadas, etc. Se considera también la invención de nuevos instrumentos musicales de lutería, analógicos o digitales, atendiendo igualmente a su nivel de innovación y relevancia. En el caso de la interpretación, se considerará su innovación metodológica interpretativa, calidad de la ejecución, estreno y repercusión en medios especializados; actividades derivadas de la aportación, como giras y conciertos, la impartición de masterclass, talleres de especialización, etc. En el caso de participación en agrupaciones orquestales, se tendrá en cuenta, además, el nivel de responsabilidad en su ejecución, así como el nivel y la relevancia de la agrupación. Se valorará también la calidad del tipo de espacio (auditorio u otros), de su estreno e interpretación, su proyección nacional e internacional en conciertos y festivales, prestigio del medio de difusión y de las instituciones o empresas que encargan el proyecto y su forma de adjudicación. Asimismo, se valorarán las obras publicadas en formato impreso, fonográfico o videográfico. En el primer caso, se atenderá el prestigio de la editorial de acuerdo con lo recogido anteriormente. En el resto de las circunstancias se tendrá en consideración el prestigio de los productores, distribuidoras y sello discográfico, así como de la obra musical, del director/a, conjunto e intérpretes encargados de la grabación; la vinculación a proyectos de investigación relevantes concedidos en convocatoria pública competitiva; y los premios en concursos o certámenes nacionales e internacionales.
  3. Mínimos orientativos para la valoración positiva:
    • Con carácter orientativo, se podrá alcanzar una evaluación positiva en las áreas de Historia e Historia del Arte presentando preferentemente, dentro del grupo de las cinco aportaciones, como mínimo al menos una aportación que sea un libro monográfico de investigación de alta relevancia e impacto, o bien dos aportaciones que sean artículos con alta relevancia e impacto publicados en revistas o plataformas como las citadas, o bien una aportación que sea un artículo y otra un capítulo de libro, con las mismas características.
    • Con carácter orientativo, se podrá alcanzar una evaluación positiva en los ámbitos de las Bellas Artes y Música presentando preferentemente aportaciones extraordinarias de relevancia e impacto. Asimismo, se valorará positivamente la presentación de, al menos, una aportación ordinaria con alta relevancia e impacto que sea un libro, un capítulo de libro, o un artículo publicado en revistas o plataformas como las citadas.