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Indicios de calidad de las publicaciones científicas

Indicios de calidad de las publicaciones científicas

Requisitos campo 6.3: arquitectura, ingeniería civil, construcción y urbanismo

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1.    Las aportaciones sólo serán valorables si significan progreso real del conocimiento, desarrollo tecnológico medible o innovación de carácter metodológico dentro del  ámbito y de las áreas de conocimiento de  Arquitectura,  Ingeniería  Civil, Construcción y Urbanismo.
2.    El número de firmantes deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión. Un elevado número de firmantes podrá reducir la calificación asignada a una aportación.
3.    Entre las aportaciones, se valorarán preferentemente:

a)    Las patentes en explotación, demostrada mediante contrato de compraventa o contrato de licencia, y las patentes concedidas por la Oficina Española de Patentes y Marcas mediante el sistema de examen previo. Se tendrá en cuenta la extensión de la protección de la patente (nacional, europea, internacional), valorándose más la de protección más extensa.
b)    Los artículos publicados en revistas de calidad reconocida, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el
«Journal Citation Reports (JCR), Science Edition o Social Sciences Edition» así como en los listados de «Scimago Journal Rank (SJR)» en el año de su publicación. Para artículos publicados en el año de la convocatoria, el factor de impacto en JCR, SJR de referencia será el último publicado. No se tomarán en consideración aportaciones que, aun aparecidas en estas revistas, sean de escasa extensión, tales como notas, contestación a artículos, etc. Se consideran revistas de alta relevancia las situadas en el primer y segundo cuartil. Las revistas situadas en el tercer cuartil se consideran de relevancia media y las del cuarto cuartil de relevancia baja.
En las áreas de Arquitectura se tendrán en cuenta también los artículos publicados en revistas recogidas en bases de datos internacionales como «Arts and Humanities Citation Index de Web of Science». También se considerarán artículos publicados en revistas incluidas en bases de datos de la especialidad, como Avery Index to Architectural Periodical, o Riba Online Catalogue. Se valorará la inclusión de la revista en más de una base datos.
c)    Los libros y capítulos de libro siempre que estén publicados en editoriales de reconocido prestigio, especialmente internacional, cuenten con un procedimiento selectivo para la aceptación de originales, según sistemas recogidos en el Scholarly Publishers Indicators (SPI) o hayan obtenido el sello de Calidad en Edición Académica (CEA-APQ). En todo caso, han de cumplir los criterios requeridos en el apéndice de esta resolución. Se tendrán en cuenta también el número y carácter de las citas recibidas que consten en la base de datos Web of Science y/o Scopus, las reseñas y críticas en revistas especializadas, o bien en colecciones de libros, el prestigio de las editoriales, la traducción a otras lenguas, la inclusión en bibliografías académicas independientes del autor y su entorno, así como los indicios de calidad generados.
En el caso de las áreas de Arquitectura, se valorarán también los libros y capítulos de libro que figuren en el catálogo de Avery y/o Riba. También las publicaciones resultantes de congresos internacionales de reconocido prestigio, siempre que sean vehículo de difusión del conocimiento comparable a las revistas incluidas en el JCR, SJR, Cite Score o estén publicadas en editoriales incluidas en SPI o editoriales que hayan obtenido el sello de Calidad en Edición Académica (CEA-APQ). En dichos casos, cada aportación podrá ser considerada, con carácter general, como de relevancia media o de poca relevancia a criterio del Comité, y en función de aspectos como posición en los índices citados, número de páginas, número de firmantes y naturaleza de la aportación.
Quedan específicamente excluidos los libros o capítulos de libro autopublicados o financiados por el autor/a.
d)    Los proyectos singulares arquitectónicos, urbanísticos o de ingeniería que serán valorados por su carácter innovador, constatado por los premios y distinciones recibidos, por su impacto en la literatura especializada nacional e internacional o por haber sido mostrados en exposiciones relevantes con catálogo que no sea autoedición.
e)    Los desarrollos tecnológicos y arquitectónicos importantes, cuyo reconocimiento sea demostrable.
f)    La participación en exposiciones de prestigio y  las  de  carácter  monográfico, dedicadas a un/a solo/a autor/a considerando especialmente la proyección del espacio expositivo (internacional, nacional, local).
También se considerará el comisariado de exposiciones, siempre que se publique un catálogo con repercusión en los medios académicos especializados nacionales e internacionales.
4.    Como norma general, para poder alcanzar una evaluación positiva, cada una de las aportaciones presentadas deberá cumplir alguno de los criterios descritos en los apartados anteriores.
5.    Con carácter general, se considera que no cumplen los criterios señalados en el apartado 3:
–    Los libros de texto, programas, apuntes o casos prácticos que tengan carácter de material docente.
–    Los libros de carácter profesional que no puedan considerarse de investigación por no incluir aportaciones originales contrastables en relación con el tema abordado.
–    Los libros y artículos de divulgación, así como los artículos en revistas de información general.
–    Las comunicaciones a congresos que no se reflejen en publicaciones de acuerdo a los criterios expuestos en el punto 3c.
–    Las ediciones de textos o las traducciones, salvo que se consideren de singular relevancia, incluyan estudios preliminares o notas que sean fruto de una investigación personal y supongan una aportación apreciable a su campo temático.
–    Las meras revisiones recopilatorias, sin ninguna aportación original, aunque estén publicadas en revistas indexadas.
–    La gestión de la investigación, que en ningún caso debe confundirse con la investigación propiamente dicha.
–    Los informes o dictámenes derivados de proyectos de investigación o contratos de I+D+i, emitidos con carácter interno, que no estén publicados en medios de difusión de calidad contrastada.
–    La actividad profesional que no incorpore innovación, y como tal aparezca reconocida en alguna publicación de impacto nacional o internacional.
–    La realización o dirección de tesis doctorales que no sean de excepcionalidad contrastada. Lo que se valora, en cualquier caso, son las publicaciones derivadas de las mismas.
–    Las aportaciones a Comités o entidades de normalización.
–    Las aportaciones extraordinarias que no se puedan incluir en cualquiera de los apartados de valoración sólo se tomarán en consideración en el caso de que constituyan méritos de excepcional relevancia.
6.    Con carácter orientativo, se considera que, para poder alcanzar una evaluación positiva, para perfiles tecnológicos, en las áreas de Arquitectura, Ingeniería Civil, Construcción y Urbanismo, al menos tres de las aportaciones serán de los tipos 3.a), 3.b) o 3.c). También con carácter orientativo, se considera que, para poder alcanzar una evaluación positiva para perfiles no tecnológicos, en las áreas de Arquitectura, al menos dos de las aportaciones serán de los tipos 3.a), 3.b) o 3.c).